Baja médica: cómo funciona y quién paga cada día

Actualizado en julio de 2026

Estar de baja genera muchas dudas y bastante desinformación. Quién paga, cuánto se cobra, si te pueden despedir, qué pasa si no estás de acuerdo con el alta. Vamos por partes, porque la respuesta cambia mucho según el origen de la baja.

No todas las bajas son iguales

La diferencia fundamental está en el origen de la incapacidad temporal:

Contingencias comunes: enfermedad común o accidente no laboral. Es la baja «de toda la vida», la gripe o una lesión haciendo deporte.

Contingencias profesionales: accidente de trabajo o enfermedad profesional. Incluye el accidente in itinere, el que ocurre en el trayecto de ida o vuelta al trabajo.

La distinción no es un tecnicismo: cambia quién paga, cuánto se cobra y desde cuándo. Las contingencias profesionales están mejor protegidas, sin exigir periodo previo de cotización y con una base de cálculo más favorable.

Si te lesionas yendo o volviendo del trabajo, es accidente laboral. Mucha gente lo tramita como enfermedad común y cobra bastante menos de lo que le corresponde.

Quién paga cada tramo

En enfermedad común o accidente no laboral:

  • Días 1 a 3: no se cobra nada, salvo que el convenio colectivo mejore esta situación. Muchos convenios lo hacen: merece la pena comprobarlo.
  • Días 4 a 15: paga la empresa, con un porcentaje de la base reguladora.
  • A partir del día 16: paga la Seguridad Social o la mutua, con un porcentaje superior.

En accidente de trabajo o enfermedad profesional: se cobra desde el día siguiente a la baja, con un porcentaje más alto de la base reguladora y sin exigir cotización previa. El día del accidente lo abona la empresa a salario completo.

Aunque quien financia la prestación sea la mutua o el INSS, lo habitual es que la empresa siga abonándola en nómina y luego lo compense. Por eso sigues viendo el ingreso de tu empresa.

Qué tienes que hacer tú

  • Comunicar la baja a la empresa cuanto antes. Los partes se remiten telemáticamente entre servicio público de salud, INSS y empresa, pero avisar sigue siendo tu obligación.
  • Acudir a las revisiones médicas y a los reconocimientos que convoque la mutua o el INSS. No presentarse sin causa justificada puede suspender la prestación.
  • No realizar actividades incompatibles con tu proceso de recuperación. Estar de baja no significa estar encerrado en casa, pero sí no hacer nada que retrase la curación o que evidencie capacidad para trabajar.

Alta médica anticipada y despido durante la baja

Si te dan el alta y no estás recuperado, puedes mostrar tu disconformidad. Existe un procedimiento de revisión del alta médica con plazos muy cortos —de días— y el trámite varía según quién haya emitido el alta, si el servicio público de salud, el INSS o la mutua. Es un terreno donde llegar tarde equivale a perder el derecho.

¿Pueden despedirte estando de baja? Un despido no es nulo por el simple hecho de producirse durante una baja, pero sí lo será si el motivo real es la situación de incapacidad, por vulnerar el derecho a la no discriminación. La calificación depende de las circunstancias y de la prueba, así que conviene analizarlo caso por caso y sin dejar pasar los 20 días hábiles.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se cobra estando de baja?

Depende del origen. En enfermedad común no se cobra los tres primeros días salvo mejora por convenio, paga la empresa del día 4 al 15 y a partir del 16 la entidad gestora. En accidente de trabajo se cobra desde el día siguiente y con un porcentaje superior.

¿Un accidente yendo al trabajo cuenta como laboral?

Sí, es el llamado accidente in itinere y se considera contingencia profesional, con mejor protección que la enfermedad común.

¿Me pueden despedir estando de baja?

Un despido durante la baja no es automáticamente nulo, pero lo será si se acredita que el motivo real es la situación de incapacidad. Conviene analizar el caso y respetar el plazo de 20 días hábiles para impugnar.

Cómo te ayudamos

Comprobamos si tu baja está bien clasificada, porque tramitar como enfermedad común lo que es accidente laboral es un error caro y frecuente. También revisamos que la empresa esté abonando lo que corresponde en cada tramo.

Estamos en Carrer Sant Pau 38, en el Raval, y atendemos en español, catalán, inglés y urdu. La primera consulta es sin compromiso: te decimos con honestidad si podemos ayudarte y cómo.

Fuentes

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Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye al asesoramiento profesional sobre tu caso concreto. La normativa cambia con frecuencia: revisamos y actualizamos el contenido periódicamente.