Darse de alta como autónomo en España, paso a paso

Actualizado en junio de 2026

Darse de alta como autónomo son dos trámites, no uno: Hacienda y Seguridad Social. El orden importa, la fecha importa, y equivocarse en el epígrafe puede costarte dinero durante años. Te lo contamos sin rodeos.

Son dos trámites, no uno

1. Alta censal en Hacienda (modelo 036 o 037). Comunicas a la Agencia Tributaria que vas a iniciar una actividad económica, cuál es y dónde. Es lo primero.

2. Alta en el RETA, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. Aquí es donde empiezas a cotizar y a pagar la cuota.

El alta en Hacienda debe hacerse antes de iniciar la actividad. El alta en la Seguridad Social tiene un margen: puede hacerse hasta 60 días naturales antes del inicio, y sus efectos se producen desde el día en que empiezas.

Un detalle que mucha gente ignora: desde 2023 se cotiza por rendimientos netos reales, no por la base que uno elija libremente. Al darte de alta tienes que hacer una previsión de lo que vas a ganar.

El epígrafe del IAE: elígelo bien

En el modelo 036 tienes que indicar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas que corresponde a lo que vas a hacer. Parece un detalle burocrático y es una de las decisiones más importantes.

De él dependen:

  • Si tu actividad lleva IVA o está exenta.
  • Si tienes que hacer retención de IRPF en tus facturas.
  • Qué gastos podrás deducirte con más facilidad.
  • Si necesitas licencias específicas.

Puedes darte de alta en varios epígrafes si haces cosas distintas. Lo que no puedes es facturar una actividad que no tengas dada de alta.

Cuánto vas a pagar

La cuota de autónomos depende de tus rendimientos netos previstos. Pero si es tu primera vez, existe la tarifa plana: 80 € al mes durante los 12 primeros meses, con independencia de lo que ganes. A esa cifra se le suma el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que en 2026 está en el 0,9 %, así que la cuota real ronda los 88 €.

Del mes 13 al 24 puedes seguir pagando esos 80 € si tus rendimientos netos anuales no superan el SMI, que en 2026 es de 17.094 € anuales.

Para acceder a la tarifa plana no puedes haber estado de alta en el RETA en los 2 años anteriores (3 si ya disfrutaste antes de esta bonificación), y no debes tener deudas con la Seguridad Social ni con Hacienda.

Qué te toca a partir de ahí

Una vez dado de alta, entras en un calendario que ya no para:

  • Facturar con todos los requisitos formales y llevar los libros registro.
  • IVA trimestral (modelo 303) y resumen anual (modelo 390), si tu actividad no está exenta.
  • Pagos fraccionados de IRPF (modelo 130), salvo que el grueso de tus facturas lleve retención.
  • Declaración de la renta anual, siempre, con independencia de lo que hayas ganado.
  • Retenciones (modelo 111 y 115) si tienes trabajadores o alquilas un local.

Errores que salen caros

  • Facturar antes de darse de alta. Es la infracción más común y la que Hacienda detecta con más facilidad, porque tu cliente sí declara esa factura.
  • Elegir mal el epígrafe y arrastrar el error durante años.
  • Prever unos rendimientos irreales para pagar menos cuota, y llevarse la regularización después.
  • No guardar las facturas de gastos. Sin factura completa a tu nombre y con tu NIF, el gasto no existe.
  • Darse de baja y de alta continuamente pensando que así se ahorra. Rompe la antigüedad y puede costarte bonificaciones.

Preguntas frecuentes

¿Puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?

Sí, es lo que se llama pluriactividad. Cotizas en los dos regímenes y existen mecanismos de devolución del exceso de cotización cuando se superan determinados límites.

¿Tengo que darme de alta si solo voy a facturar de forma esporádica?

El alta censal en Hacienda es obligatoria desde la primera factura. Sobre el alta en el RETA existe debate jurídico cuando los ingresos son mínimos y no habituales, pero es un terreno delicado que conviene consultar antes de decidir.

¿Cuánto se paga de autónomo el primer año en 2026?

Con la tarifa plana, 80 € mensuales más el MEI, lo que sitúa la cuota real en torno a los 88 € durante los 12 primeros meses, siempre que se cumplan los requisitos de acceso.

Cómo te ayudamos

Hacemos el alta completa —Hacienda y Seguridad Social— eligiendo contigo el epígrafe correcto y la previsión de rendimientos que te conviene. Después llevamos tus trimestrales para que no tengas que estar pendiente del calendario.

Estamos en Carrer Sant Pau 38, en el Raval, y atendemos en español, catalán, inglés y urdu. La primera consulta es sin compromiso: te decimos con honestidad si podemos ayudarte y cómo.

Fuentes

Sigue leyendo

Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye al asesoramiento profesional sobre tu caso concreto. La normativa cambia con frecuencia: revisamos y actualizamos el contenido periódicamente.